Venir a estudiar a España con tu pareja o tus hijos
Publicado el 15 de octubre de 2026
Muchas personas que vienen a España a estudiar un grado o un máster no quieren hacerlo solas. El Reglamento de Extranjería (artículo 56 del Real Decreto 1155/2024) permite que la pareja y los hijos del estudiante le acompañen durante sus estudios, con una autorización propia como familiares de estudiante.
Solo para estudios superiores
Esta vía existe para quienes tienen una autorización de estancia por estudios superiores: estudios universitarios o formación profesional de grado superior, por ejemplo. Si vienes a hacer un curso de otro tipo, conviene revisar antes qué opciones tiene tu familia.
Quién puede acompañarte
- Tu cónyuge, tu pareja registrada o tu pareja estable. Para acreditar una pareja estable se pide, en general, al menos un año de convivencia, salvo que tengáis hijos en común.
- Tus hijos menores de edad, o los de tu pareja, que no estén casados ni tengan su propia familia.
- Tus hijos mayores de edad, o los de tu pareja, que necesiten apoyo por discapacidad o enfermedad.
Qué requisitos hay
- Que a tu autorización de estudiante le queden al menos 90 días de vigencia.
- Que tu familiar no esté en España en situación irregular.
- Acreditar el vínculo familiar con documentos legalizados o apostillados y, si hace falta, traducidos.
- Que la familia tenga medios económicos suficientes para vivir en España.
- Un seguro médico completo, sin copagos ni carencias.
- Si tu familiar es mayor de edad y la estancia va a durar más de seis meses, no tener antecedentes penales en España ni en los países donde haya vivido los últimos cinco años.
Dónde y cuándo se pide
Se puede pedir en el consulado español del país donde vive tu familia o, si ya ha entrado en España, desde aquí en el mes siguiente a su llegada. Su duración va unida a la de tu autorización de estudiante.
¿Puede trabajar tu familia?
No. Es la gran diferencia con el estudiante. Quien estudia estudios superiores puede trabajar hasta 30 horas semanales de forma compatible con sus estudios, pero sus familiares, con esta autorización, no pueden trabajar mientras dure.
Al terminar los estudios, si pasas a una autorización de residencia y trabajo, tu familia puede pasar a residir contigo por reagrupación familiar. Conviene planificarlo antes de que caduquen vuestras autorizaciones.
Cómo te ayudamos
Revisamos si vuestro caso encaja, preparamos la documentación de toda la familia y te decimos qué pedir en el consulado o en España para que no se pierdan plazos.
Fuente oficial: https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
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